FARMERS, DE CENCOSUD, NO LOGRÓ REGISTRO POR OPOSICIÓN DE FARMEX ANTE LA SUPERINDUSTRIA

La dirección estableció que el cambio de letras finales no permite que el riesgo de asociación de origen empresarial sea diluido.
“Al pronunciarlos de manera sucesiva y no simultánea, generan un impacto sonoro similar, dado los fonemas que integran a ambos signos”, agregó. Finalmente, reiteró que las marcas no pueden coexistir, en vista que existe conexión competitiva entre sus productos: agrícolas, de la marca solicitada, y fertilizantes, de la opositora.
Cencosud S.A. dio respuesta a la oposición y afirmó que la expresión “farm” es de uso común en las clases en conflicto y, por tanto, no puede ser de uso exclusivo de ninguna marca. “En consecuencia, la mera coincidencia en el uso de este término, no constituye un fundamento suficiente para denegar el presente registro”, resaltó.
También explicó que ambas marcas contienen elementos visuales que permiten, a simple vista, que las personas puedan diferenciar los signos y atribuirles orígenes distintos. ”Esta actuación evidencia una intención de restringir indebidamente la competencia y limitar de Farmers, sin que exista una conexión real”.
En el estudio de registrabilidad, la dirección de signos identificó que el cambio de letras al final del signo solicitante no sirve como elemento derrotero de diferenciación “dada la fuerte cercanía fonética y ortográfica entre los signos cotejados por parte del público”.
Indicó que tal coincidencia provoca que los elementos del logo pasen a segundo plano o, incluso, que el consumidor asuma erróneamente que los productos de la marca solicitada son de una nueva línea de la ya registrada. Finalmente, concluyó que las coberturas de mercado son idénticas y la conexión competitiva es más que clara. Como resultado, declaró fundada la oposición de Farmex S.A. y negó el registro de marca de Farmers, de Cencosud.
Información tomada de Asuntos Legales:
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