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INVICTA FRENÓ REGISTRO DE LA MARCA SOLICITANTE INVICTUS POR POSIBLE RIESGO DE CONFUSIÓN.

Juan José Molina Oquendo solicitó el registro de la marca “Invictus” para productos de la clase 25 relacionados con ropa deportiva. Invicta Watch Company of America, Inc. presentó oposición alegando similitud con su marca registrada, basándose en el artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. Argumentaron que ambas marcas evocan la misma idea de invencibilidad y victoria, con similitudes visuales que podrían confundir al consumidor. Los representantes de la marca solicitante argumentaron que el prefijo “Invic” era utilizado comúnmente y que su marca incluía un elemento gráfico distintivo, la cara de un lobo. La marca opositora afirmó que el término “Invic” no era de uso común y que el cambio de terminaciones no era suficiente para evitar la confusión del consumidor.

 

Información tomada de Asuntos Legales

https://www.asuntoslegales.com.co/pleitos/invicta-freno-el-registro-de-la-marca-solicitante-invictus-por-posible-riesgo-de-confusion-3784384

 

#AsuntoLegales  #JuanJoséMolinaOquendo #Invictus #PROVIMARCAS

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